1- PLAZO DE LOCACIÓN:
La duración del contrato de alquileres pasa a ser de dos a tres años, independientemente del destino que tenga el bien.
2- ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO:
Los aumentos dejan de ser semestrales y serán anuales sobre la base del indice de Precios al Consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
3- GARANTÍAS:
El locatario podrá proponer dos alternativas como la actual garantía inmobiliaria, el aval bancario o seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal del inquilino, recibo de sueldo, etc.
4- DEPOSITO EN GARANTÍA:
Sera equivalente a un mes de alquiler. El locador deberá reintegrarlo al finalizar el contrato al momento en el cual el locatario hace la entrega de las llaves.
5-INTERMEDIACION DEL CONTRATO:
La intermediación solo podrá estar a cargo de un corredor profesional matriculado.
6- RENOVACIÓN DEL CONTRATO:
Se deberá acordar las condiciones de renovación del contrato con tres meses de anticipación, para que el inquilino pueda hallar nueva vivienda.
7- DOMICILIO ELECTRÓNICO:
Las partes podrán constituir un domicilio electrónico (e- mail) en el cual se tendrán por validas y vinculadas las notificaciones que se cursen en el marco del contrato de locación.
8- REGISTRACIÓN EN AFIP:
Todos los contratos deben registrarse en AFIP por el locador.
9- EXPENSAS:
Las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el propietario y las ordinarias deberán ser afrontadas por el locatario.